Para resolver la investigación del comisionado, la AMA acordó adoptar medidas correctivas para garantizar que los datos de dopaje controlados por la AMA se utilicen únicamente con fines antidopaje.
Aunque VADA estuvo de acuerdo con las medidas, argumentó que no violaban las leyes de privacidad. Al mismo tiempo, señaló su voluntad de trabajar con los reguladores en materia de protección de datos.
Se espera que la decisión tenga implicaciones significativas para la política de pruebas de género en el deporte femenino y femenino, y el camino hacia ella revela una cuestión más amplia en torno a la protección de datos en el deporte internacional.
Queja basada en investigación
Nuestra queja se basa en nuestra propia investigación revisada por pares publicada en agosto de 2024 que muestra que las federaciones deportivas internacionales acceden a datos de dopaje controlados por la AMA para monitorear los niveles de testosterona en sangre de los atletas y determinar su elegibilidad para competir en deportes femeninos.
Estas federaciones internacionales tienen regulaciones de elegibilidad que prohíben a las mujeres transgénero y con variantes de género participar en deportes femeninos a menos que sus niveles de testosterona caigan por debajo de ciertos umbrales.
La Agencia Mundial Antidopaje es el organismo mundial responsable de supervisar las normas antidopaje en el deporte. El presidente de la AMA, Witold Bank, habla durante una sesión informativa en Seúl, Corea del Sur, en agosto de 2025. (Foto AP/Lee Jin-man)
Nuestro estudio examinó cómo el Sistema de Gestión y Administración Antidopaje (ADAMS) de la AMA, la base de datos que contiene los resultados de las pruebas de dopaje, facilitó este intercambio de datos.
Descubrimos que cuando las federaciones internacionales acceden a datos de dopaje en ADAMS para determinar la elegibilidad de género, VADA divulga esos datos sujetos a la Ley de Protección de Información Personal y Registros Electrónicos de Canadá (PIPEDA). VADA, una organización con sede en Montreal, quedó sujeta a PIPEDA en 2015 con respecto a su recopilación, uso y divulgación de información personal para actividades interprovinciales e internacionales.
Cuestiones legales y éticas
En nuestra opinión, la divulgación por parte de la AMA de datos de dopaje para pruebas de sexo violó la PIPEDA de dos maneras.
Primero, las revelaciones ocurrieron sin el conocimiento o consentimiento de los atletas. En segundo lugar, las divulgaciones no tenían un propósito adecuado según la ley. Fue inapropiado debido a la falta de evidencia científica y la falta de consenso de que las mujeres con niveles de testosterona por encima del umbral tengan una ventaja competitiva.
Además, la divulgación podría causar un daño significativo a las atletas, incluido el estigma, la humillación y la pérdida de oportunidades comerciales y profesionales.
Organizaciones de derechos humanos y periodistas de investigación ya han expresado su preocupación por esta práctica.
No obstante, el Código Mundial Antidopaje de la AMA de 2021 permitió a las federaciones deportivas internacionales utilizar datos de dopaje para fines no antidopaje, incluido el seguimiento de la elegibilidad de los atletas transgénero.
Esta actitud permisiva permitió la difusión de políticas de pruebas de sexo por parte de las federaciones internacionales.
Respuesta a denuncia e investigación.
Inicialmente, la respuesta de la AMA a la queja sobre privacidad sugirió que consideraba el tema relativamente menor, tanto en los comentarios a los medios como en las reuniones internas de su junta directiva.
Esta posición se reflejó en los primeros borradores del Código Mundial Antidopaje de 2027, que conservaba la capacidad de las federaciones deportivas internacionales de utilizar datos de dopaje para fines no antidopaje, incluidas las pruebas de género.
El comisionado de Privacidad de Canadá, Philippe Dufresne, habla durante una conferencia de prensa en el Teatro Nacional de Prensa de Ottawa en septiembre de 2025. CANADIAN PRESS/Spencer Colby
La investigación finalmente llevó a que la AMA aceptara prohibir a las federaciones deportivas internacionales y a las organizaciones antidopaje utilizar datos de dopaje almacenados en ADAMS para fines distintos del antidopaje.
Desde entonces, la AMA ha revisado el Código Mundial Antidopaje de 2027 para incluir esta prohibición. Ahora debe comunicar estos cambios a las organizaciones relevantes y desarrollar mecanismos para garantizar el cumplimiento.
Es probable que este resultado obligue a las federaciones deportivas internacionales que han dependido de los datos de dopaje de ADAMS para las pruebas de género a repensar cómo regulan la elegibilidad en el deporte femenino y femenino, incluida la consideración de un enfoque más inclusivo de género en las competiciones.

La decisión del Comisionado de Privacidad podría remodelar la forma en que se regula la elegibilidad en el deporte femenino. La canadiense Gabriela Debues-Stafford compite en la final femenina de 1.500 m en los Juegos Olímpicos de Verano de Tokio en agosto de 2021. LA PRENSA CANADIENSE/Nathan Denette Un enfoque reactivo a los derechos de los atletas
Si bien el resultado de la investigación es un éxito para los derechos de protección de datos de los deportistas, resulta preocupante que fuera necesario.
Con demasiada frecuencia, las organizaciones deportivas internacionales otorgan menos prioridad a los derechos humanos de los atletas en sus esfuerzos por gobernar el deporte. Esto se debe a su falta de responsabilidad hacia los atletas y a la creencia errónea de que están fuera del alcance de los sistemas legales nacionales.
Como resultado, la protección de los derechos de los atletas a menudo ocurre sólo después de que una organización deportiva internacional se ve obligada o presionada a hacerlo a través de procesos legales.
Se avecinan desafíos legales para el deporte mundial
Estas preocupaciones se ponen a prueba cada vez más a través de impugnaciones legales.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea está considerando si la divulgación pública de violaciones de las normas antidopaje por parte de los atletas es obligatoria de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos de la UE.
Un fallo contra tales prácticas requerirá cambios significativos en el sistema antidopaje, algo que la AMA podría haber hecho hace años si se hubiera prestado más atención a los derechos de protección de datos de los atletas.
Leer más: El regreso de las pruebas de sexo al deporte corre el riesgo de perjudicar a los atletas en lugar de protegerlos
Problemas similares surgen en otros deportes. La reciente decisión del Comité Olímpico Internacional de exigir pruebas genéticas de género para los eventos femeninos probablemente viola las leyes de protección de datos de muchas jurisdicciones. Pese a ello, el COI continúa con su política.
Como resultado, los atletas y sus representantes deben seguir buscando la intervención de los tribunales y reguladores para garantizar que se respeten los derechos de protección de datos de los atletas.
Descubre más desde USA Today
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

