Santo Domingo.- El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MMARN) rechazó el fallo de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo que ordenó el cambio de límites del Parque Nacional Jaragua con fines de desarrollo turístico. El Ministerio ha anunciado que utilizará todas las vías legales disponibles para dejar sin efecto la sentencia de Amparo No. 0030-1643-2025-SSEN-00786, con el argumento de que con esta decisión se busca indebidamente cambiar el área protegida mediante un amparo.
El caso surge de una demanda presentada por una empresa privada que intenta hacer cumplir la Ley núm. 266-04 en el terreno ubicado dentro del Parque Nacional Jaragua, a pesar de que el área está clasificada bajo el más alto nivel de protección ambiental, aunque también está designada como centro turístico. El MMARN advirtió que esta sentencia desconoce el marco jurídico nacional y viola la Constitución, la Ley General del Medio Ambiente (64-00) y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04).
Según el ministerio, permitir tal precedente amenazaría la integridad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Las autoridades reafirmaron su firme compromiso con la defensa del Parque Nacional Jaragua y la preservación del patrimonio natural del país, destacando que la protección ambiental sigue siendo una prioridad en beneficio de las generaciones actuales y futuras.
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