Santo Domingo, 2. Maja, Senado recibió una cuenta del ejecutivo que se esfuerza por reformar la Ley 61-32 sobre la libertad de expresión y la difusión del pensamiento, adaptándola a los desafíos actuales de los medios digitales.
Está al lado de la segunda ley presentada a la casa de arriba. Aunque no cambiaría el derecho de 61-32, crearía una nueva ley distribuida a través de plataformas masivas, incluidas las tradicionales, digitales, digitales y digitales: un objetivo que “prevenir, clasificar y discurso de odio de penalización” en el país.
El documento legislativo preparado por el senador La Altagracia Rafael Duluc define el “GLOP Gable” como cualquier oral, escrito, gráfico, “hostilidad, discriminación o violencia basada en la raza, el color, la nacionalidad, el estado y cualquier otra condición de identidad o pertenencia a cualquier otra condición”.
Sanciones
Las sanciones para aquellos que cometen este crimen estarían cerrados por uno a tres años y una multa de 10 a 50 veces más que el salario mínimo en el sector público.
Aquellos que “niegan públicamente, minimizan o justifican” delitos de odio, genocidio o delitos contra la humanidad fueron reconocidos por el prisión de seis meses a dos años, junto con una multa de hasta 30 veces al salario mínimo.
También determina que cuando el discurso de odio se distribuye a través de redes sociales, plataformas digitales, medios electrónicos o servicios de mensajería, además del castigo, una renovación del uso de tales plataformas hasta tres años.
Las sanciones aumentarían en los tribunales en los casos en que la Ley cometió un funcionario público, maestro, líder religioso o órgano comunitario. Además, cuando esto sucede en instalaciones educativas, de salud, espirituales o penitenciarias, fomenta los trabajos de violencia física o material contra personas o propiedades.
Derechos y garantías
Según la cuenta, las víctimas del discurso de odio tienen derecho a reparaciones integrales, incluidas las disculpas públicas, la compensación financiera, las medidas de restitución y garantiza no la repetición.
Si ambas cámaras de autoridad legislativa, el Congreso Nacional ordenaría al ministerio público que cree una unidad especializada para investigar y enjuiciar el discurso de odio, con el personal capacitado en derechos humanos, tecnologías digitales y análisis de lenguaje discriminatorio.
“Las personas que informan sobre los actos de discurso de odio o cooperan con las autoridades tendrán la garantía de proteger su identidad, integridad y privacidad, de acuerdo con el marco de los derechos humanos”, afirma sobre el estado de derecho.
También requerirá plataformas digitales para cooperar con las autoridades dominicanas para descubrir, informar y eliminar cierto contenido.
Prevención
El Ministerio de Educación y el Ministerio de Cultura aplicarían programas educativos constantes que promueven la diversidad, el respeto por los derechos humanos, la igualdad y la prevención del discurso de odio en todos los niveles del sistema educativo.
Libertad de expresión
Mientras tanto, una cuenta estatal para la regulación del derecho a la libertad de desarrollo en el artículo 49 de la Constitución continúa creando oposición a varios sectores de la sociedad, que afirman que socavará los derechos básicos.
Aunque no se tomó ninguna decisión, los miembros especiales de la Junta del Senado confirmaron que están listos para celebrar audiencias públicas para garantizar un consenso social.
Las cámaras de la Ley de la República Dominicana (CARD), dirigida por Ricard de Los Santos, presentó un análisis crítico del Senado el miércoles, declarando una cuenta gubernamental de “neostalidad y poco convencionalidad”.
Además, afirman que el documento legislativo preparado por la Comisión Ejecutiva y Honoraria que consiste en representantes de la prensa nacional viola “principios y valores presentados por la democracia”.
Para apoyar su posición, el presidente de la tarjeta duró por Vidal Potentini explicó que explicaron solo recitales, los primeros 15 artículos de leyes y referencias a las leyes y contratos en la Constitución.
Sin embargo, los 60 artículos restantes afectan las disposiciones necesarias para la implementación adecuada de la sociedad dominicana, como censor previo, doctrina de la doble dimensión de la libertad de expresión, el derecho a las fuentes confidenciales de información y protección de niños y adolescentes. “
Vidal Potentini también lamenta romper las garantías enumeradas en el Artículo 69 de la Constitución, lo que permite a cada persona, en realizar sus derechos e intereses legítimos, el derecho a una protección judicial efectiva, con el procedimiento de ley. “
Ha precedido que las sanciones de poder otorgadas al Instituto Nacional de Comunicación (otro), que la presidencia de la República propone la creación de un cambio legislativo, excede los límites constitucionales.
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