El Tribunal Constitucional deroga la prohibición de relaciones entre personas del mismo sexo en la policía y las fuerzas armadas

REDACCION USA TODAY ESPAÑOL
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Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional (TC) derogó las disposiciones que criminalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo al interior de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, declarándolas inconstitucionales. La decisión permite al personal militar y policial mantener relaciones entre personas del mismo sexo sin riesgo de sanciones disciplinarias.

En Sentencia TC/1225/25, la Corte anuló el artículo 210 de la Ley 285, que reglamenta la Ley del Poder Judicial de la Policía Nacional, y el artículo 260 de la Ley 3483, que forma parte del Código Judicial de las Fuerzas Armadas. Los jueces determinaron que estas disposiciones violaban el principio de razonabilidad e imponían una discriminación injustificada contra personas homosexuales.

Los artículos ahora derogados definían la “sodomía” como las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo e imponían una pena de prisión de seis meses a un año cuando las cometía un oficial.


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