Santo Domingo.- La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) anuló la sentencia que ordenaba al Estado dominicano pagar una indemnización por terrenos supuestamente expropiados dentro del Parque Nacional Cotubana, ubicado en San Rafael del Juma, La Altagracia. La decisión estableció que el terreno en disputa forma parte de un área protegida y de propiedad pública, lo que lo hace inalienable según la Constitución.
Los jueces Antonio Sánchez Mejía y Úrsula Carrasco Márquez fallaron a favor de la excepción de inconstitucionalidad interpuesta por la Dirección General de Bienes Nacionales (DGBN), argumentando que el plazo de un año establecido por el artículo 40 de la Ley 1494-47 viola disposiciones constitucionales en los casos de limitación del acceso a la justa recaudación. El tribunal concluyó que este artículo contradice los artículos 6 y 16 de la Constitución, que establecen que las áreas protegidas son inalienables, inexpugnables e indescriptibles.
La TSA anuló el fallo no. 0030-03-2022-SSEN-00193, que favoreció a Sonia Yolanda Cedeño Valdez y Castilla Sedenja, SRL, alegando graves deficiencias jurídicas, entre ellas la falta de invocación adecuada al Estado y la omisión del Decreto 722-75, que protegía la zona 722-75. El tribunal también señaló la existencia de múltiples demandas en curso ante el Tribunal de Tierras de La Altagracia, donde el estado cuestiona la validez de la propiedad de la tierra y alega posible fraude durante el proceso de legalización.
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