Este año se cumplen cinco años del inicio de la docencia de Francisco de Vitoria como catedrático de Teología en la Universidad de Salamanca y, por tanto, marca el inicio de la Escuela de Salamanca. El dominicano pronunció varias conferencias que se convertirían en la piedra angular del debate sobre la presencia castellana en América.
Estatua de Francisco de Vittore en Salamanca. Raúl Hernández González/Wikimedia Commons, CC BI
La reelectio (una lección repetida para profundizar en un tema con mayor reflexión) era un método habitual en la práctica docente de Vitoria. Hubo cuatro Recciones sobre Asuntos Indígenas: La Relectio prior de Indis recientere inventis (La Primera Rección de los Indios Recientemente Descubiertos), conocida brevemente como la Relectio de Indis (Sobre los indios), se pronunció originalmente en 1539, aunque algunas fuentes la sitúan un año antes.
En el mismo curso impartió Relectio posterior de iure belli Hispanorum in barbaros (La segunda relación de los indios o sobre el derecho de guerra de los españoles contra los bárbaros), seguida de De temperatia (Sobre la templanza) y Relectio de Magica (Sobre la magia). Sus alumnos recopilaron notas y apuntes para publicar estas lecciones póstumamente, texto que dio lugar a la primera edición publicada en 1557 por el impresor Jacques Boyer en Lyon.
La recepción historiográfica de Francisco de Vitoria (1483-1546) tendió a consolidar la imagen hagiográfica, que lo presenta como defensor de los indígenas y fundador del derecho internacional, en disputa con la figura de Hugo Grossi. Esta circunstancia, sin embargo, no sólo resulta limitante y reduccionista, sino que además no se corresponde con una lectura detallada de los textos recopilados por sus alumnos.
El enfoque dominante de su trabajo sigue siendo, en gran medida, conservador y acrítico. Y, así, favorece un discurso que omite deliberadamente los mecanismos legales y teológicos contenidos en las memorias de Vitoria para dar luz verde a la ocupación y dominación de la India.
Deber de intervención, derecho de asistencia
Una de las omisiones más flagrantes en los estudios sobre la colonización en Vitoria es la exclusión sistemática de De temperatia, una lección que no puede separarse de De Indis, ya que ambos están estrechamente relacionados.
De temperatia habla de sacrificio humano y antropofagia. El argumento central es que estas prácticas violaron la ley natural al atacar la vida y la dignidad humana. Por tanto, los estados cristianos tenían el derecho y el deber de “misericordia” de intervenir para proteger a las víctimas inocentes. Este razonamiento representa uno de los títulos de dominancia más fuertes en el marco discursivo de Vitoria; Es, sin duda, la clave principal que permitió modular y legitimar el régimen virreinal. Su persistente omisión en los análisis dedicados a su obra no es inocente: suprime la arquitectura argumentativa más eficaz sobre la que descansa la justificación de la colonización.

La tesis de Vittoria de que la gente debe protegerse de los sacrificios humanos y la antropofagia se utilizó para dar a los colonizadores la autoridad para gobernar a los nativos. Wikimedia Commons
Otro dispositivo discursivo central en su obra es el iuscommunicais, el derecho a viajar y comerciar que utilizó el dominicano para legitimar la llegada y presencia de los castellanos en América. Según esto, si la población nativa se oponía, violaba la ley natural, lo que a su vez legitimaba una guerra justa. Este binomio y la articulación de ambas tesis –la intervención castellana para evitar víctimas y el derecho otorgado por el iuscommunicais– construyeron una justificación colonial coherente para las ambiciones de la monarquía española.
Esta lectura brilla por su ausencia en las celebraciones en Vitoria, que se centran más en aclamarlo como fundador del derecho internacional porque es el responsable de De Indis. Aquí afirmó que los legítimos dueños de sus tierras eran los nativos y que ni el Papa ni el emperador tenían derechos universales sobre América, lo cual era una tesis revolucionaria en ese momento, por supuesto.
De temperatia y De iuscommunicais, así como De magic posterior, una de las memorias menos conocidas, sirvieron de bloque monolítico para la lucha contra los sacrificios rituales, la antropofagia y la erradicación de la idolatría. Llama la atención que estos tres textos sigan vivos hoy en el espejismo imperial del imaginario español.
Cómo definió a los nativos
El elemento más revelador del argumento de Vittoria, y el que mejor ilustra su efectiva función colonial, es el uso de las categorías jurídicas amén y avaro. El término amens, que proviene del latín a-mens, denotaba en el derecho romano y medieval a alguien que carece de la capacidad racional para gobernarse a sí mismo. Era el equivalente a una prohibición civil por enfermedad mental. Amén no podía celebrar contratos, administrar sus bienes ni tomar decisiones jurídicamente válidas sin la mediación de un tutor.

Aztecas tocando diferentes tambores en la imagen del Códice Florentino. Wikimedia Commons
Lo que Vittoria hace con este concepto es una notable eficiencia jurídica: coloca a la población indígena en el límite de esa categoría, sin declararla formalmente indígena. En la “cuarta pregunta” de De Indis, señala que los bárbaros “no son mentes, sino que utilizan la razón a su manera”, y posteriormente, en el “tercer título legítimo”, confirma que “están muy poco alejados de los niños, por lo que no son aptos para constituir o gobernar una república legítima”. El truco conceptual es preciso al situarlo en esa zona liminal y produce el mismo efecto jurídico que una amentia plena, justificando que otros la gestionen.
Frente a este paradigma, el avaro significa un hombre indefenso, cuya vulnerabilidad no se refiere a la ausencia de razón, sino a la situación próxima de desamparo. Para Bartolomeo de las Casas, los nativos eran racionales y estaban en la miseria a causa de la violencia colonial, no por la falta de sus nativos. La protección derivada de la condición de avaro es, por tanto, temporal y requiere reparación. Si el nativo es amén, la tutela es ilimitada e inamovible.
Esta diferencia estructura el núcleo del debate sobre su naturaleza en la modernidad colonial temprana. En la práctica prevaleció la lógica de Vittoria. Sin embargo, la ley adoptó un lenguaje más compasivo de los avaros, lo que hizo infeliz a la población nativa. La distancia entre el lenguaje compasivo y la función colonial real es, en última instancia, el terreno que debe trazar una lectura crítica de Vitoria.

Este artículo fue creado como resultado de la colaboración con la Fundación Ignacio Larramendi, institución que desarrolla proyectos relacionados con el pensamiento, la ciencia y la cultura en América Latina con el objetivo de hacerlos accesibles al público en general.
Más información aquí.
Descubre más desde USA Today
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

